| ESTATUTOS DEL BANCO DE ALIMENTOS
DE LA CORUÑA Los ESTATUTOS FUNDACIONALES fueron redactados el 18 de agosto de 1995. Los ESTATUTOS ACTUALES el 14 de febrero de 2004, con objeto de adaptarlos a la normativa vigente. Constan de cinco Capítulos, y una Disposición Final. En total suman 33 artículos. El Capítulo I incluye la denominación, fines, domicilio y ámbito de actuación del Banco de Alimentos. La finalidad del Banco de Alimentos es obtener alimentos de las Empresas y particulares para distribuirlos a las Entidades Asistenciales que tengan personas necesitadas acogidas. El Capítulo II trata de la Junta Directiva, que es el órgano de gestión y representación del Banco de Alimentos, sus funciones, composición y nombramiento. Los miembros de la Junta Directiva son nombrados por la Asamblea, y, no podrán ser retribuidos económicamente ni es especie. El Capítulo III establece la ASAMBLEA, órgano supremo de gobierno del Banco de Alimentos, sus facultades y las reuniones de la misma. El Capítulo IV contempla el tema de los socios, las clases de socios, el procedimiento para ser admitido en la asociación y los motivos de baja. El Capítulo V se refiere a la disolución de la Asociación y la actuación de la Comisión Liquidadora para este propósito. La Disposición Final remite a la LO 1/2002 de 22 de marzo, como supletoria de lo no previsto en los Estatutos.
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